Certificado de defunción del causante
Para aceptar una herencia en las Illes Balears es necesario aportar un certificado de defunción internacional o del país de origen del causante.
Si el certificado no está en español, debe ir acompañado de una traducción jurada al castellano, que puede hacerse tanto en el país de origen como en las Illes Balears por traductores jurados oficiales.
Documentos de identificación
Deberán aportarse los pasaportes o documentos de identidad vigentes de todos los herederos, así como, en su caso, los del causante si se conservan, para la totalidad del procedimiento administrativo y notarial.Es imprescindible verificar que todos los documentos de identificación se encuentren en vigor en el momento de la tramitación.
Acreditación de su derecho a heredar
Registro de Últimas Voluntades.
Certificado del Registro General de Últimas Voluntades, documento que acredita la existencia o inexistencia de disposiciones testamentarias otorgadas por el causante. La solicitud y obtención de este certificado esencial será gestionada directamente por la notaría que tramite la aceptación de la herencia.
Documento Sucesorio del País de Origen
Testamento notarial del país de origen con acta de apertura notarial, certificado de herencia del país de origen o Certificado Sucesorio Europeo, cada uno de ellos debidamente apostillado con Apostilla de La Haya y acompañado de traducción jurada oficial al español.